
En el Carrefour de Campana (Sucursal 232), una decisión empresaria encendió las alarmas entre los trabajadores: la instalación de cámaras de vigilancia en el pasillo de acceso al comedor y áreas de descanso, espacios que forman parte de la vida cotidiana, la recreación y la socialización del personal.
Lejos de tratarse de una medida de seguridad inocua, la colocación de estos dispositivos permite controlar quién entra, cuánto tiempo permanece y con quién se relaciona cada trabajador, generando un clima de vigilancia permanente en ámbitos que no son productivos. El efecto es claro: disciplinar, intimidar y condicionar conductas.
Desde el lugar de trabajo advierten que esta práctica excede las facultades de control del empleador, que según el artículo 70 de la Ley de Contrato de Trabajo deben ejercerse con razonabilidad y sin afectar la dignidad, intimidad ni vida privada de las y los trabajadores. El comedor y los espacios de descanso no son áreas operativas: son ámbitos protegidos.
Pero el problema no es solo laboral. La captación de imágenes constituye tratamiento de datos personales, lo que activa la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, que exige finalidad legítima, proporcionalidad y justificación legal, requisitos que aquí no aparecen.
A esto se suma un elemento central: el contexto sindical. La instalación de cámaras se produce en un momento de organización y actividad gremial, lo que transforma la vigilancia en una forma moderna de intimidación sindical. Observar quién se reúne, quién conversa y quién comparte el descanso es una manera indirecta de injerencia patronal, prohibida por la Ley 23.551, su Decreto Reglamentario 467/88 y los Convenios 87 y 98 de la OIT, que garantizan la libertad sindical y la no interferencia del empleador.
La historia no es nueva, solo cambian las herramientas. Donde antes había supervisión directa o sanciones abiertas, hoy aparecen cámaras estratégicamente ubicadas. El objetivo es el mismo: controlar la organización colectiva y desalentar la participación sindical.
Frente a esta situación, trabajadores del establecimiento ya rechazaron formalmente la instalación de las cámaras y anunciaron que solicitarán la intervención de la Secretaría de Trabajo, con pedido de inspección y medidas para el retiro inmediato de los dispositivos. No descartan avanzar con acciones administrativas y legales si la empresa insiste en sostener esta política de vigilancia.
Lo que ocurre en Carrefour Campana no es un hecho aislado. Es parte de una discusión más amplia sobre hasta dónde puede llegar el control empresario y dónde empiezan los derechos fundamentales de quienes trabajan. Cuando la vigilancia se traslada a los espacios de descanso y socialización, deja de ser control y pasa a ser intimidación.